Protección de datos en centros educativos y colegios privados: guía completa de cumplimiento RGPD

Protección de datos para colegios privados: guía completa de cumplimiento RGPD

Cumplir la normativa de protección de datos para colegios privados es esencial. Estos centros gestionan información sensible de alumnos, familias y personal, utilizan plataformas digitales y colaboran con múltiples proveedores. Una auditoría de protección de datos y una correcta asesoría en protección de datos ayudan a garantizar seguridad, cumplimiento legal y confianza de las familias.

Esta guía práctica explica cómo implementar la normativa europea de protección de datos, cumplir con RGPD y LOPDGDD, y gestionar correctamente la información en colegios privados.

1. Qué datos tratan los colegios privados

Los colegios privados y concertados manejan información de alto riesgo, especialmente porque afecta a menores. Entre los datos más relevantes se encuentran:

  • Datos identificativos de alumnos y tutores legales

  • Expedientes académicos, evaluaciones y observaciones docentes

  • Información de salud: alergias, patologías, adaptaciones o NEE

  • Datos económicos: pagos, becas, domiciliaciones

  • Imágenes y vídeos de actividades escolares

  • Datos generados por plataformas educativas, apps de comunicación y servicios complementarios

  • Información del personal docente y administrativo

La variedad de datos hace imprescindible aplicar medidas de seguridad reforzadas y contar con bases jurídicas claras para el tratamiento.

2. Bases jurídicas del tratamiento en colegios privados

Seleccionar la base jurídica adecuada evita depender del consentimiento cuando no corresponde y asegura el cumplimiento del RGPD.

2.1 Función educativa (interés público)

Aplica a:

  • Evaluaciones y expedientes académicos

  • Comunicaciones con familias

  • Orientación y seguimiento educativo

  • Gestión de convivencia y relación con la Administración

2.2 Ejecución del contrato educativo

Procede para:

  • Matrículas y facturación

  • Servicios complementarios contratados con el centro (comedor, transporte, actividades extraescolares)

2.3 Interés legítimo

Se utiliza con cautela en:

  • Videovigilancia

  • Seguridad de redes y sistemas

  • Comunicaciones organizativas internas

2.4 Consentimiento

Solo cuando es necesario:

  • Publicación de imágenes con fines promocionales

  • Difusión en web o redes sociales

  • Actividades voluntarias gestionadas por terceros

  • Comunicaciones comerciales

Nota: Las imágenes internas con fines educativos no requieren consentimiento, pero sí información previa y medidas de seguridad.

3. Información obligatoria a familias y alumnos

Todos los colegios privados deben ofrecer información clara y accesible desde la matrícula:

  • Cláusulas de información: responsable del tratamiento, finalidades, base jurídica, destinatarios y encargados, plazos de conservación, ejercicio de derechos, datos del Delegado de Protección de Datos

  • Política de privacidad web: actualizada y accesible

  • Documentación interna: protocolos de imágenes, acoso escolar y ciberacoso, uso de plataformas educativas, gestión de brechas de seguridad y política de dispositivos digitales

Una consultoría en protección de datos personales puede ayudar a elaborar estos documentos de manera eficiente y segura.

4. Proveedores: clave para la protección de datos

Los proveedores acceden a datos personales, por lo que cumplir el artículo 28 del RGPD es obligatorio:

  • Firmar contratos de encargo del tratamiento con plataformas educativas (Classroom, Teams, Moodle), apps de comunicación, servicios de comedor y transporte, enfermería, cloud, mantenimiento informático y videovigilancia.

  • Revisar transferencias internacionales (SCC y análisis de riesgos).

Error común: integrar actividades externas sin contrato de encargado.

5. Medidas de seguridad para colegios privados

Algunas medidas imprescindibles:

  • Control de accesos por perfiles

  • Autenticación en dos pasos en plataformas educativas

  • Cifrado de dispositivos portátiles

  • Verificación de copias de seguridad

  • Gestión segura de contraseñas

  • Registro y evaluación de brechas de seguridad

  • Formación continua a docentes y personal

  • Política de BYOD y revisión de permisos en plataformas educativas

Estas medidas forman parte de una auditoría LOPD y aseguran la protección de datos personales de toda la comunidad educativa.

6. Gestión de imágenes y consentimiento

  • Consentimiento obligatorio: redes sociales, web, contenidos promocionales, campañas de marketing

  • Consentimiento no necesario: uso interno educativo, documentación pedagógica, evaluaciones

La base jurídica es la función educativa o el interés público según corresponda.

7. Cesión de datos a terceros

Los datos solo pueden cederse si:

  • Es necesario para la función educativa

  • Existe obligación legal

  • Hay un encargo del tratamiento firmado

  • Forma parte del contrato con familias

Si la cesión tiene fines promocionales, se requiere consentimiento explícito.

8. Auditorías y revisiones de cumplimiento

Realizar revisiones periódicas garantiza que el colegio cumple la normativa sobre protección de datos personales:

  • Inventario de tratamientos

  • Textos legales y contratos con proveedores

  • Medidas de seguridad

  • Protocolos internos y uso de plataformas

  • Documentación de brechas

Frecuencia recomendada: anual o cada 1–2 años, y tras cambios tecnológicos o incidentes.

9. Sanciones más comunes en colegios privados

  • Uso indebido de imágenes de menores

  • Información insuficiente en la matrícula

  • Falta de contrato de encargo

  • Brechas de seguridad no notificadas

  • Accesos no autorizados

  • Cesiones no justificadas

Una asesoría en protección de datos y auditoría de protección de datos ayudan a minimizar riesgos y sanciones.

10. Conclusión

Cumplir el RGPD en colegios privados no es solo un requisito legal: es una oportunidad para:

  • Diferenciarse

  • Reforzar la confianza de las familias

  • Garantizar un entorno educativo seguro y profesional

Integrar la privacidad en la gestión diaria demuestra orden, calidad y compromiso con la protección de datos personales.

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